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- Sentencia de 28 de octubre de 2004, asunto C-505/03, “Comisión/Francia”, sin publicar todavía.
En este caso el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) decidió que:
«1) Al no respetar las disposiciones de la Directiva 80/778/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1980, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano(*) por lo que se refiere al contenido en nitratos de las aguas destinadas al consumo humano en la Bretaña, la República Francesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del párrafo 6 del artículo 7 y del anexo I de dicha Directiva.
2) Condenar a la República Francesa al pago de las costas.»
G.G.F. (traducción no oficial)
(*) DO n.° L 229 de 30 de agosto de 1980, pág. 11.
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Tuesday, March 01, 2005
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